ORDENAMIENTO AMBIENTAL DEL TERRITORIO (OAT)

Nota de alcance

(Col.) Función atribuida al Estado de regular y orientar el proceso de diseño y planificación de uso del territorio y de los recursos naturales renovables de la Nación, a fin de garantizar su adecuada explotación y su desarrollo sostenible

Nota bibliográfica

Congreso de Colombia. Ley 99 de 1993, artículo 7° Del Ordenamiento Ambiental del Territorio

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