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Corporación para el Desarrollo Sostenible del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina |
ARCHIPIÉLAGO
DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA PROPUESTA PARA RESERVA DE BIOSFERA EN EL MAR CARIBE COLOMBIANO |
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DELIMITACIÓN
DE LA RESERVA DE BIOSFERA Propuesta por INVEMAR |
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La primera etapa para la zonificación de cualquier área a ser declarada como Reserva de Biosfera es establecer sus límites exteriores. Para establecer dichos límites se tuvo en cuenta el mandato de La Ley 99 de 1993 en su artículo 37 parágrafo 2 según el cual: "El Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina se constituye en Reserva de Biosfera. El Consejo Directivo de CORALINA coordinará las acciones a nivel nacional e internacional para darle cumplimiento a esta disposición". Dada la singularidad ambiental del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina dentro del territorio colombiano y teniendo en cuenta:
Como punto de partida para la delimitación del área de Reserva de Biosfera se definió el área total que abarca el Departamento, el mar territorial y la zona económica exclusiva generada por las porciones terrestres del Archipiélago. Teniendo en cuenta lo anterior, se propuso la delimitación del área de la Reserva de Biosfera mediante una combinación de aspectos administrativos (limites establecidos por la República de Colombia de acuerdo con la Constitución Nacional, los tratados internacionales con los países vecinos y la División Político-Administrativa contenida en la Ley) y aspectos físicos (presencia/ausencia de ecosistemas estratégicos de importancia global y aspectos batimétricos). Así, los límites propuestos para la Reserva de Biosfera "Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina" serían:
Con respecto a los límites externos establecidos por la isóbata de los 1000m, cabe aclarar que por la falta de conocimiento científico del área oceánica no se usó ningún parámetro ecológico, de hallarlo en el futuro, éste deberá ser incorporado. De otra parte, es importante preguntarse si la delimitación de la reserva debería ser en dos dimensiones o en tres dimensiones, esto es, incluyendo la profundidad, de incluir esta última, cuál debería ser el "volúmen" de Reserva de Biosfera?
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